El motivo a nivel constitucional seri­a relativamente simple porque si la perfil seri­a coherente con las precedentes, como debe serlo, asi­ como toma en cuenta la abrumadora evidencia cientifica referente a el argumento, como ademas tiene que realizarlo, la resolucion resulta una simple deduccion logica: seri­a legitima la prohijamiento por parejas del tiempo sexo.